en nombre y representación de su mandante representarlo en un proceso cuando este fuere incapaz o menor de edad o en su caso como el mismo artículo lo dispone en un momento que sus representados estuvieren fuera del país. La representación legal en los procesos se ha establecido también para cubrir una necesidad, pues, de lo contrario, por ejemplo, los incapaces no tendrían la posibilidad de que sus derechos sean defendidos en los casos que fuesen violados o desconocidos por terceras personas. Es que los intereses de todas las personas tienen que estar tutelados por el derecho. Por ello es que la ley también, en determinados supuestos, impone la obligación de representar. Las personas que no pueden actuar por sí, mismas en el proceso, es decir, que carecen de capacidad procesal, lo deben hacer por intermedio de su representante Legal212 . Declaración sobre hechos de la parte. Art. 347 CPCM. - Las partes tienen la obligación de comparecer y responder los interrogatorios de la parte contraria y del juez, que versen sobre los hechos personales. Si la parte citada para ser sometida al interrogatorio en audiencia, no comparece sin justa causa, se tendrán por aceptados los hechos personales atribuidos por la contraparte, salvo prueba en contrario. Las personas jurídicas serán representadas conforme a la ley. Sus representantes estarán obligadas a responder los interrogatorios de la parte contraria y del juez, siempre que versen sobre hechos ocurridos dentro del período de su representación y dentro de su específica competencia funcional.
OBLIGACIÓN DE LAS PARTES A COMPARECER En cuanto al art. 347 del nuevo Código Procesal Civil y Mercantil donde nos menciona que las partes tienen la obligación de comparecer al proceso para brindar declaración sobre los hechos podemos mencionar y compararlo con el código de procedimientos civiles vigente, como ejemplo: los derechos y deberes que tienen 212 CANALES CISCO, OSCAR ANTONIO. Ob. Cit. Págs. 32, 33, 34, 35.
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