250 El precedente en la Suprema Corte de Justicia de la Nación
precedente judicial. También me refiero específicamente al autoprecedente, los diversos sentidos que le han sido adscritos y los principios de su fundamentación. En este apartado precisaré cuál creo que es la noción de autoprecedente operativamente más adecuada. En segundo lugar, doy cuenta del modelo de autoprecedente desarrollado en el contexto mexicano tanto en términos legislativos, como en los pro nunciamientos de la SCJN sobre el particular. En la tercera y última parte, presento las conclusiones generales y algunas líneas de discusión más específicas que se derivan del texto. Antes de finalizar esta introducción sólo quisiera anotar que pese a la importancia de este tema, su reflexión en textos de habla hispana es muy escasa. Ello puede deberse a que, entre otras cuestiones, para quienes se ocupan de estos temas resulta tan evidente el carácter vinculante del autoprecedente de las Corte Supremas (o, por el contrario, su no vinculatoriedad), que no parece configurarse como un objeto autónomo y valioso de la reflexión jurídica. En los párrafos que siguen quisiera mostrar que no sólo no es obvio el lugar de estas decisiones, sino que es muy importante discutir en qué términos va a ser juzgada la actuación del tribunal encargado de la guarda de la Constitución en punto de sus propios pronunciamientos.
1. Vinculación de los tribunales de cierre a sus decisiones previas: la cuestión del autoprecedente En relación con el tema del autoprecedente hay diferentes ofertas de fundamentación y, en ese sentido, son presentadas razones diversas para mostrar su plausibilidad. Aunque las diferentes propuestas individualizan diferentes valores como primordiales, la mayoría alude a un catálogo similar de principios sistémicos protegidos y promovidos por esta figura. Entre los valores mencionados como base del autoprecedente están el de igualdad formal ante la ley, igualdad en la aplicación de la ley, seguridad jurídica, certeza en el derecho, universalidad y coherencia del sistema. A continuación presentaré de qué manera la doctrina los ha interpretado en tanto vinculados al respeto de los tribunales de cierre de sus decisiones previas.
00 El Precedente en la SCJN.indb 250
04/12/18 12:14