14 El precedente en la Suprema Corte de Justicia de la Nación
se que el argumento comparativo interpretativo, en sentido negativo, no es nunca concluyente, simplemente brinda razones a favor de la inadmisibilidad de cierto resultado interpretativo. La norma que regula el caso deberá ser justificada utilizando otras técnicas argumentativas.25
3.2. Comparación e integración jurídica Como se señaló anteriormente, los tribunales utilizan el derecho extranjero no sólo para justificar la interpretación de las disposiciones jurídicas, sino también para integrar el derecho. Si un caso no se encuentra regulado por el derecho local, el argumento comparativo puede ser usado para justificar la aplicación de una norma del derecho extranjero. Esta versión del argumento presenta la siguiente forma: (A3) Dada Ne, si el caso C no se encuentra regulado por OJl, Ne regula C y es aplicable en OJl, entonces C debe ser regulado por Ne. El razonamiento aquí descrito no debe confundirse con el razonamiento analógico. El Juez decide que el caso C está regulado por Ne, no porque C posea una propiedad relevante en común con los casos regulados por Ne. El argumento comparativo integrativo justifica la aplicación de una norma de derecho extranjero sobre la base de una norma local de reenvío, la cual autoriza al Juez a utilizar fuentes de otros ordenamientos para decidir el caso.26 La comparación es utilizada aquí para dar ra25
En Henderson la Cámara de los Lores usó tanto la versión positiva, como la negativa del argumento comparativo de tipo interpretativo. La Corte examinó cómo había sido resuelto el problema de la posibilidad de demandas concurrentes luego de la violación de una obligación de los términos de la regulación contractual y de la regulación de la responsabilidad civil, en otras jurisdicciones, teniendo en cuenta sistemas jurídicos en los cuales se admitía una solución similar, y sistemas en los cuales la misma era rechazada: Henderson v. Merrett Syndicates [1995] 2 AC 145, 184-85. El mismo enfoque fue adoptado por la Cámara de los Lores en White v. Jones [1995] 2 AC 207, como así también por la Corte de Casación italiana en cuestiones de wrongful life: Cass. Civ., sez III, n. 14488/2004 , § 4.2. En Visy Paper Pty Ltd. v. ACCC, en cambio, la Corte Suprema australiana justificó su decisión utilizando la versión negativa del argumento comparativo, pero el Juez Kirbi en su postura en disidencia sostuvo que la conclusión alcanzada por la Corte podía ser justificada sólo mediante un uso positivo del mismo argumento: véase Visy Paper Pty Ltd. v. Australian Competition and Consumer Commission [2003] HCA 59, §§ 52-57. 26 En este artículo asumo que cualquier ordenamiento jurídico posee una “pretensión de supremacía”: retomando las palabras de Joseph Raz, todo ordenamiento “demanda necesariamente ejercer de modo exclusivo la autoridad de regular la organización de los otros subsistemas institucionales y las conductas de los miembros de la comunidad”, rechazando, al mismo tiempo, eventuales pretensiones de supremacía perseguidas por otros ordenamientos. Cfr. Joseph Raz, The Authority of Law, Oxford University Press, Oxford, 1979, pp. 101-102, 118. Se sigue de ello que las
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