1. Asilo político Esta forma de protección ha sido entendida como “una facultad discrecional del Estado para admitir a un extranjero en su territorio y actuar como su protector” frente a la persecución que sufre por razones de índole política.367 No obstante ello, la Corte IDH ha sostenido que, tras la inclusión del derecho al asilo en el artículo XXVII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre de 1948, se superó su comprensión histórica como una “mera prerrogativa estatal”, dando paso al reconocimiento de un derecho individual a buscar y recibir asilo.368 Aunque diversos instrumentos regionales contienen disposiciones sobre el asilo político,369 en éstos no se advierten reglas sobre cómo sustanciar el procedimiento por el cual se solicita dicha protección. La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) ha señalado que no existe un procedimiento universal para su concesión.370 Su tramitación, por tanto, ha derivado de la práctica regional y de los aspectos generales establecidos en los tratados regionales sobre la materia. El fundamento constitucional del asilo político está en el artículo 11 constitucional, el cual dispone: “Toda persona tiene derecho a buscar y recibir asilo. El reconocimiento de la condición de refugiado y el otorgamiento de asilo político, se realizarán de conformidad con los tratados internacionales. La ley regulará sus procedencias y excepciones”. A nivel legal, la regulación del asilo político está prevista en la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político. Del conjunto normativo aplicable se puede sostener que el asilo político se configura por 3 elementos principales: 1) los motivos que originan la persecución contra una persona; 2) el peligro que corre la vida, libertad o seguridad de las personas extranjeras, y 3) los tipos de asilo, según el lugar en que se solicite. 367 SRE, Lineamientos para atender solicitudes de asilo y refugio, México, Secretaría de Relaciones Exteriores, 2016, página 14. Disponible en: «https://extranet.sre.gob.mx/images/stories/asilo/ asilo2016.pdf». [Consultado el 9 de diciembre de 2020]. 368 Corte IDH. Caso Familia Pacheco Tineo vs. Estado Plurinacional de Bolivia, op. cit., párrafo 137. En el mismo sentido: Corte IDH. Derechos y garantías de niñas y niños en el contexto de la migración y/o en necesidad de protección internacional, op. cit., párrafo 73. 369 Convención sobre Asilo, Convención sobre Asilo Político, Tratado sobre Asilo y Refugio Político de Montevideo de 1939, así como las Convenciones sobre Asilo Diplomático y Asilo Territorial. 370 SRE, Lineamientos para atender solicitudes de asilo y refugio, México, Secretaría de Relaciones Exteriores, 2016, p. 22. Disponible en: «https://extranet.sre.gob.mx/images/stories/asilo/ asilo2016.pdf». [Consultado el 9 de diciembre de 2020].
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