Protocolo para Juzgar Casos que involucren Personas Migrantes y Sujetas de Protección Internacional

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que ostenta la responsabilidad estatal en los lugares destinados al tránsito internacional de personas. Además, la calificación formal de la autoridad administrativa sobre el estatus migratorio de alguien no sería obstáculo para reconocerle los derechos previstos en la Constitución. Como se indicó previamente, el mandato de igualdad previsto en el artículo 1o. constitucional prohíbe distinciones con base en el origen nacional de las personas, siempre que no tengan una justificación válida. Ello encuentra correspondencia en el artículo 66 de la Ley de Migración, que dispone: “[l]a situación migratoria de un migrante no impedirá el ejercicio de sus derechos y libertades reconocidos en la Constitución, en los tratados y convenios internacionales de los cuales sea parte el Estado mexicano, así como en la presente Ley”. Lo anterior es respaldado por la Corte IDH, la cual ha considerado que la situación regular de una persona en un Estado no es condición necesaria para que respete y garantice el principio de la igualdad y no discriminación, puesto que éste corresponde a los ciudadanos y a toda persona extranjera.443

b. El rechazo y sus consecuencias jurídicas La legislación migratoria dispone que cuando una persona es rechazada por el Instituto con motivo del control migratorio, la consecuencia es que abandone el país.444 Mientras se ejecuta el rechazo, la persona debe permanecer en las zonas de tránsito, las cuales son operadas por la autoridad migratoria.445 El Estado, como responsable de las personas que ahí se ubican, debe garantizar ciertos requerimientos derivados del orden jurídico nacional y de los estándares internacionales. En tal contexto, se procede a 443

Corte IDH. Condición jurídica y derechos de los migrantes indocumentados, op. cit., párrafo 118. 444 El artículo 86 de la Ley de Migración dispone: “El extranjero cuya internación sea rechazada por el Instituto por no cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 37 de la presente Ley, deberá abandonar el país por cuenta de la empresa que lo transportó, sin perjuicio de las sanciones que correspondan de acuerdo con esta Ley. El rechazo a que se refiere el párrafo anterior, es la determinación adoptada por el Instituto en los filtros de revisión migratoria ubicados en los lugares destinados al tránsito internacional de personas por tierra, mar y aire, por la que se niega la internación regular de una persona a territorio nacional por no cumplir con los requisitos que establecen esta Ley, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables. En el caso de transporte marítimo, cuando se determine el rechazo del extranjero, no se autorizará su desembarco. Cuando exista imposibilidad material de salida de la embarcación de territorio nacional, el extranjero será presentado y se procederá a su inmediata salida del país con cargo a la empresa naviera”. (Énfasis añadido) 445 Reglamento de Ley de Migración, México, artículos 37 al 39.

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Articles inside

10. Protección complementaria

3min
pages 243-244

7. Niños, niñas y adolescentes

1min
page 237

6. Recurso judicial

1min
page 236

9. Cláusulas de exclusión

3min
pages 241-242

8. Alojamiento (detención migratoria

5min
pages 238-240

b. No sanción por ingreso irregular

2min
page 233

c. Apreciación de los hechos y valoración probatoria

3min
pages 234-235

a. Temor fundado de persecución

2min
page 232

5. Evaluación de la solicitud

1min
page 231

d. Los supuestos de reserva de la información II. Casos derivados de la solicitud de reconocimiento de

7min
pages 219-222

2. Entrega de constancia de trámite

2min
page 226

c. La vigencia del principio de legalidad

3min
pages 217-218

1. Plazo de presentación de solicitud

3min
pages 224-225

condición de refugiado

1min
page 223

4. Unidad familiar

1min
page 230

3. Garantías de debido proceso

4min
pages 227-229

migratorios

1min
page 216

Canalización y representación

2min
page 210

Plan de restitución de derechos

4min
pages 212-213

Fundamentación y motivación de la resolución

2min
page 204

Prohibición de alojamiento

2min
page 211

b. Estándares jurídicos para analizar los casos en los que estén involucrados NNA migrantes

1min
page 209

Derecho a un recurso

2min
page 205

Derecho de probar y alegar

1min
page 203

b. Deportación

4min
pages 200-201

Asesoría integral

1min
page 199

Acceso a la información

3min
pages 197-198

a. Regularización de la situación migratoria • Principios y derechos relevantes en casos de

1min
page 193

Preservación de la unidad familiar

0
page 195

Víctimas o testigos de delitos

1min
page 196

migratorio

1min
page 192

e. Revisión judicial

2min
page 191

d. Condiciones de la detención

9min
pages 186-190

c. Duración

7min
pages 182-185

b. Excepcionalidad y medidas alternativas

16min
pages 174-181

a. Finalidad

4min
pages 171-173

• Disponibilidad de un recurso efectivo en contra de la determinación o ejecución del rechazo o devolución y sus efectos

5min
pages 161-163

3. Alojamiento (detención migratoria

3min
pages 169-170

b. Fundamentación y motivación

1min
page 168

• Identificación de la necesidad de protección internacional

4min
pages 159-160

no devolución

1min
page 158

al tránsito internacional de personas

9min
pages 150-153

cuyo ingreso al país ha sido rechazado • Obligaciones estatales derivadas del principio de

5min
pages 155-157

b. El rechazo y sus consecuencias jurídicas • Condiciones de los lugares destinados a tránsito internacional donde permanecen las personas

2min
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2. Reconocimiento de la condición de refugiado

6min
pages 140-147

I. Casos derivados de procedimientos administrativos migratorios

1min
page 148

1. Control migratorio a. Responsabilidad estatal en los lugares destinados

1min
page 149

b. Asilo territorial

4min
pages 137-139

a. Asilo diplomático

2min
page 136

1. Asilo político

4min
pages 134-135

c. Deportación

1min
pages 131-132

II. Protección internacional de personas

1min
page 133

b. Retorno asistido

1min
page 130

I. Procedimiento administrativo migratorio

1min
page 123

V. Fe pública actuarial

5min
pages 114-116

VI. Suplencia de la queja

6min
pages 117-122

1. Control migratorio

1min
pages 124-125

IV. Agotamiento de recursos previos

1min
page 113

II. Certeza de los actos reclamados

3min
pages 109-110

III. Suspensión del acto reclamado

4min
pages 111-112

I. Identificación de las autoridades responsables

5min
pages 106-108

VIII. Incentivo a la regularidad migratoria

5min
pages 90-92

VII. Preservación de la unidad familiar

7min
pages 86-89

IX. Beneficio de la duda

3min
pages 93-94

X. No devolución

16min
pages 95-105

IV. Notificación, comunicación y asistencia consular

6min
pages 76-78

VI. Libertad personal, de circulación y residencia

6min
pages 83-85

V. Trato digno

8min
pages 79-82

III. Debido proceso

8min
pages 72-75

2. Igualdad sustantiva

5min
pages 60-62

II. Acceso a la justicia

19min
pages 63-71

I. Igualdad y no discriminación

1min
page 53

1. Igualdad formal

12min
pages 54-59

Niños, niñas y adolescentes en contexto de migración

4min
pages 31-32

2. La migración irregular y sus consecuencias

8min
pages 33-36

III. Objeto de estudio del Protocolo

8min
pages 42-52

II. Tipos de movilidad internacional

10min
pages 37-41
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