Protocolo para Juzgar Casos que involucren Personas Migrantes y Sujetas de Protección Internacional

Page 219

Por ende, la observancia del principio de legalidad en su vertiente de tipicidad, trasladado al ámbito del derecho administrativo, llevaría a estimar que, para la interposición de una alerta migratoria, la autoridad migratoria debe fundar su actuación en un precepto legal que lo autorice. La hipótesis de hecho que genera esos registros migratorios debería estar prevista en una disposición normativa identificable. Esto genera certeza jurídica, ya que hace previsible cuáles son las situaciones que pueden dar lugar a una alerta migratoria. Asimismo, en virtud de dicho principio, es dable sostener que la in­ formación contenida en las listas de control sólo puede tener efectos jurídicos en los casos expresamente previstos en ley. Dicho de otro modo, las alertas migratorias sólo podrían ser consideradas por la autoridad migratoria para realizar actos o emitir determinaciones en los que la ley expresamente autoriza la consideración de esos registros. El Reglamento de la Ley de Migración dispone que las alertas migrato­ rias sirven para el correcto desempeño de las atribuciones de la autoridad migratoria.689 Aunque esa disposición, en principio, se podría entender como una facultad amplia para la utilización de esa información, la postura antes propuesta —con base en el principio de legalidad— llevaría a sostener que los supuestos de interposición de alertas migratorias y los casos en que pueden ser consideradas para decidir sobre la situación migratoria de las personas deben tener un fundamento normativo definido.

d. Los supuestos de reserva de la información La información sobre los registros migratorios podría ser calificada por el Instituto como reservada por razones de seguridad nacional. Lo anterior daría lugar a una restricción al derecho de acceso a la información, la cual, en principio, es admisible en términos constitucionales.690 Sin embargo, las restricciones a tal derecho deben ser excepcionales. Al respecto, la 689

Reglamento de la Ley de Migración, México, artículo 3, fracción XIV. El artículo 6 constitucional dispone: “Toda la información en posesión de cualquier auto­ ridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, es­ tatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes”. 690

193


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook

Articles inside

10. Protección complementaria

3min
pages 243-244

7. Niños, niñas y adolescentes

1min
page 237

6. Recurso judicial

1min
page 236

9. Cláusulas de exclusión

3min
pages 241-242

8. Alojamiento (detención migratoria

5min
pages 238-240

b. No sanción por ingreso irregular

2min
page 233

c. Apreciación de los hechos y valoración probatoria

3min
pages 234-235

a. Temor fundado de persecución

2min
page 232

5. Evaluación de la solicitud

1min
page 231

d. Los supuestos de reserva de la información II. Casos derivados de la solicitud de reconocimiento de

7min
pages 219-222

2. Entrega de constancia de trámite

2min
page 226

c. La vigencia del principio de legalidad

3min
pages 217-218

1. Plazo de presentación de solicitud

3min
pages 224-225

condición de refugiado

1min
page 223

4. Unidad familiar

1min
page 230

3. Garantías de debido proceso

4min
pages 227-229

migratorios

1min
page 216

Canalización y representación

2min
page 210

Plan de restitución de derechos

4min
pages 212-213

Fundamentación y motivación de la resolución

2min
page 204

Prohibición de alojamiento

2min
page 211

b. Estándares jurídicos para analizar los casos en los que estén involucrados NNA migrantes

1min
page 209

Derecho a un recurso

2min
page 205

Derecho de probar y alegar

1min
page 203

b. Deportación

4min
pages 200-201

Asesoría integral

1min
page 199

Acceso a la información

3min
pages 197-198

a. Regularización de la situación migratoria • Principios y derechos relevantes en casos de

1min
page 193

Preservación de la unidad familiar

0
page 195

Víctimas o testigos de delitos

1min
page 196

migratorio

1min
page 192

e. Revisión judicial

2min
page 191

d. Condiciones de la detención

9min
pages 186-190

c. Duración

7min
pages 182-185

b. Excepcionalidad y medidas alternativas

16min
pages 174-181

a. Finalidad

4min
pages 171-173

• Disponibilidad de un recurso efectivo en contra de la determinación o ejecución del rechazo o devolución y sus efectos

5min
pages 161-163

3. Alojamiento (detención migratoria

3min
pages 169-170

b. Fundamentación y motivación

1min
page 168

• Identificación de la necesidad de protección internacional

4min
pages 159-160

no devolución

1min
page 158

al tránsito internacional de personas

9min
pages 150-153

cuyo ingreso al país ha sido rechazado • Obligaciones estatales derivadas del principio de

5min
pages 155-157

b. El rechazo y sus consecuencias jurídicas • Condiciones de los lugares destinados a tránsito internacional donde permanecen las personas

2min
page 154

2. Reconocimiento de la condición de refugiado

6min
pages 140-147

I. Casos derivados de procedimientos administrativos migratorios

1min
page 148

1. Control migratorio a. Responsabilidad estatal en los lugares destinados

1min
page 149

b. Asilo territorial

4min
pages 137-139

a. Asilo diplomático

2min
page 136

1. Asilo político

4min
pages 134-135

c. Deportación

1min
pages 131-132

II. Protección internacional de personas

1min
page 133

b. Retorno asistido

1min
page 130

I. Procedimiento administrativo migratorio

1min
page 123

V. Fe pública actuarial

5min
pages 114-116

VI. Suplencia de la queja

6min
pages 117-122

1. Control migratorio

1min
pages 124-125

IV. Agotamiento de recursos previos

1min
page 113

II. Certeza de los actos reclamados

3min
pages 109-110

III. Suspensión del acto reclamado

4min
pages 111-112

I. Identificación de las autoridades responsables

5min
pages 106-108

VIII. Incentivo a la regularidad migratoria

5min
pages 90-92

VII. Preservación de la unidad familiar

7min
pages 86-89

IX. Beneficio de la duda

3min
pages 93-94

X. No devolución

16min
pages 95-105

IV. Notificación, comunicación y asistencia consular

6min
pages 76-78

VI. Libertad personal, de circulación y residencia

6min
pages 83-85

V. Trato digno

8min
pages 79-82

III. Debido proceso

8min
pages 72-75

2. Igualdad sustantiva

5min
pages 60-62

II. Acceso a la justicia

19min
pages 63-71

I. Igualdad y no discriminación

1min
page 53

1. Igualdad formal

12min
pages 54-59

Niños, niñas y adolescentes en contexto de migración

4min
pages 31-32

2. La migración irregular y sus consecuencias

8min
pages 33-36

III. Objeto de estudio del Protocolo

8min
pages 42-52

II. Tipos de movilidad internacional

10min
pages 37-41
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.