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SALA DE MEDIOS
Ventanales • Universidad Casa Grande • Año IX No16
E NS AYO S
Realidad nacional e internacional
Seis estudiantes de la carrera de Periodismo de la Universidad Casa Grande (UCG) presentaron ensayos de diferentes temáticas como trabajo final de la materia “Realidad Nacional e Internacional”, dictada por el Mgtr. Juan de Althaus.
¿Es la
naturaleza un sujeto de derecho? P o r D. H .
La idea de ver a la naturaleza como sujeto de derecho nació en el 2008 cuando el entonces presidente de Ecuador, Rafael Correa, dispuso la nueva Constitución de Montecristi, cuyo artículo 71 señala: “La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos” (Const., 2008, art. 71), dándole paso a su derecho propio. Esto derivó en una idea innovadora en el área jurídica, ya que antes ningún país le había dado esa subjetividad a la naturaleza, sino que
era solo un objeto de derecho. Esta duda resulta de cuestionarse si era posible que algo distinto al ser humano fuese considerado sujeto de derecho. Pero, ¿por qué es esto primordial? Un objeto de derecho es todo aquello externo a una persona, ya sean cosas materiales, acciones humanas o fenómenos inmateriales, y que de alguna forma u otra se halla a disposición y voluntad suya. Por otro lado, un sujeto de derecho es aquel al que se le puede atribuir e imputar derechos y obligaciones a través de la ley, es decir, tendrá privilegios dentro de la sociedad y sus integrantes tendrán responsabilidades ante ella.