Tabla 22. Numero de reglas por cada instrumento que aplican a la Laguna de Bacalar Ordenamiento Ecológico Marino y Regional del Golfo de México y el Caribe UGA
Lineamientos (generales)
ecológicos
Lineamientos ecológicos aplican a UGA 152
que
de acuerdo al
Lineamiento ecológicos asociados a estrategia ecológica
Aprovechamiento sustentable de la energía. Utilización Responsable de Agroquímicos.
4 4 166 Fuente: Construcción propia. Datos: Ordenamiento Ecológico Marino y Regional del Golfo de México y el Caribe
Desafortunadamente el gobierno de Quintana Roo, que adquirió el compromiso de publicarlo en su diario oficial estatal, para tener reconocimiento en los instrumentos de planeación locales, nunca lo hizo. No obstante, para los procesos de evaluación de impacto ambiental federal y otros procedimientos que impliquen la evaluación de compatibilidad de los instrumentos de política ambiental ante la SEMARNAT, se requiere considerar su inclusión en los análisis, no así en los instrumentos estatales. Esto último es un magnífico ejemplo de la base de la problemática con la aplicación de los instrumentos de este tipo: la completa desarticulación entre las instancias de gobierno no solo entre los tres niveles (Federal, Estatal y Municipal) sino dentro de los mismos niveles (entre las instancias federales, entre las instancias estatales y entres las mismas instancias municipales) a quienes les parece más sencillo crearse nuevos instrumentos que articular los existentes.
POET y POEL NO ES IGUAL A PMOTDU y PMOTDU no es igual PMOTEDU Después de 20 años de escuchar y en algunas ocasiones, de participar en la construcción de Programas de Ordenamiento Ecológico Territorial (basados en la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente), surgieron hace un par de años los Programas de Ordenamiento Territorial y de Desarrollo Urbano (basados en la Ley General de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano), en Quintana Roo se le integró lo ecológico y terminamos con un Programa Municipal de Ordenamiento Territorial, Ecológico y de Desarrollo Urbano. Y muchos actores tienden a confundirlos. Aquí es donde surgen los dos últimos instrumentos de política ambiental, territorial y urbana que se están elaborando: los Programa Municipal de Ordenamiento Territorial y de Desarrollo Urbano para cada municipio. Si pudiéramos resumirlo sería así: • • •
POEL y POET son para ordenar todo el territorio fuera de Asentamientos Humanos (cuyas UGA se remiten al Programa de Desarrollo Urbano –PDU- correspondiente) PMOTDU ordena todos los instrumentos del Asentamiento Humano y su zonas de crecimiento previstos: PDU y todos los instrumentos. PMOTEDU es una mezcla de POEL, POET, PDU y PMOTDU.
Estos últimos dos instrumentos nacen de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Quintana Roo, el cual a su vez se desprende de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano 287 Pero se salió de control. Este tipo de programas se pensó en su origen para ordenar los asentamientos humanos, es decir, para llenar ese vacío de planeación territorial que eran las localidades y sus reservas de crecimiento, donde los Programas de Desarrollo urbano eran el instrumento al que los Ordenamientos Ecológico Territoriales nos remitían cuando una o varias UGA caían en un asentamiento humano. 287
Ley General De Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial Y Desarrollo Urbano. Nueva Ley Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2016. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGAHOTDU_011220.pdf
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