Apéndice
de vuestras mersedes nombrar otro Alcalde Mayor que no sea español, ni de otra reprobada naturalesa como el presente, y provean este empleo en Don Ambrocio Garzes Chillitupa, Alferez Real que ha sido de los Yncas Nobles, persona de toda seguridad, y abono, havil, y suficiente para que administre la recaudación de tributos a favor del Real Aver, conforme a ordenanzas Municipales de esta ciudad. Y a este expediente esperamos faborable providencia antes del próximo correo y si adbersa protextamos usar de los recursos que mejor nos combenga. Por tanto. A vuestras mercedes pedimos, y suplicamos, que haviéndonos por presentado, y en atención de lo que llevamos expresados, asi lo provea y exorte por ser de Justicia lo que pedimos, y juramos lo necesario en derecho, no proceder de malicia, y para /f. 60v/ ello etc. A rruego de los Yncas antiguos, y Alférez reales, y por los que no saben escrivir Miguel Quispi Amau. Luis Páucar Tito. Juan Solaya. Diego Pauque Sairitupa Ynga. Francisco Estrada. A rruego de Don Jasinto Ynquiltupa. Faustino Tupa Orcoguaranca. A rruego de Don Ysidro Pilcotupa Faustino Tupa Orcoguaranca. A rruego de Don Blas Pilco Tupa Faustino Tupa Orcoguaranca. El Protector de naturales de esta ciudad, y distrito de su real caja reproduce lo que estas partes exponen, en la representación que antecede. Cusco, y Nobiembre catorce de mil setecientos setenta, y siete. Pedro Manuel Rodríguez. Yo Miguel de Acuña escribano del Rey nuestro señor, y publico del numero de esta gran ciudad del Cusco del Perú. Certifico, y doy fee en quanto puedo, y ha lugar en derecho, que oy día de la fecha a oras de las doce poco mas, o menos Don Pedro Manuel Rodríguez Protector de naturales de los de esta dicha ciudad, y su distrito, acompañado de todos los indios, que se refieren y firman el escrito que se contiene en las foxas antesedentes reprodusido por dicho Protector, presento el suso dicho otro firmado en la propia forma del mismo tenor, al señor Don Joseph de Toledo Tesorero de la Real caxa de esta ciudad estando en ella el qual antes de su presentación lo corregi, y conserte con este, y contenían un mesmo asumpto, y le pidieron se sirviese en concurrensia del señor contador, dar la mas pronta providencia, a que aspiraban, y para que de ello conste donde conbenga de pedimento de los suso dichos doy la presente en catorce días del mes de Nobiembre de mil setesientos setenta, y siete años. Y en fe de ello lo firmo. Miguel de Acuña escribano de su Magestad y Publico. Concuerda este traslado de su original, que para efecto /f. 61/ de sacarse axi vio ante mi, y lo firmo a su poder el Maestre de Campo Don Pedro Manuel Rodrigues Protector de los Naturales en esta ciudad del Cusco, y el distrito de su real caja, a que en lo nesesario me refiero. Y para que de ello conste de su pedimento di el presente en ella, en veinte y dos días del mes de nobiembre de mil setesientos 289