Trata de mujeres dominicanas en Costa Rica, Suiza y España en el marco de los estudios de género, migración y desarrollo
abuso porque entiende que no fue obligada a ello de forma explícita, aunque sí lo fue de forma implícita porque ella estaba en una situación desigual. Este patrón se repite, en algunos casos, en hijas de sobrevivientes de trata, que en los países de destino y en la República Dominicana se han convertido en madres adolescentes reproduciendo el circulo del matrimonio infantil y maternidad adolescente. De esta forma, estas mujeres se casaron a los 13 y 14 años y sus hijas continuaron el patrón, algunas en la República Dominicana y otras en los países de destino. Las madres no catalogan esto como matrimonio infantil ni uniones tempranas, así como tampoco ven mal la maternidad adolescente. No consideran que sea un problema, sino que normalizan esta situación, aunque no deje de preocuparles por el miedo a la deserción escolar (que ellas vivieron).
4.4. Redes femeninas de cuidado de hijos e hijas en la República Dominicana Casi la totalidad de las mujeres dominicanas entrevistadas se fueron del país dejando a hijos e hijas con sus familias. Madres, hermanas y tías asumieron el rol del cuidado de los hijos e hijas de las migrantes dominicanas con el compromiso del envío de remesas para mantener a sus hijos e hijas y a la familia que los acogió y cuidó. Algunas de ellas no han regresado después de varios años de haber salido del país; otras han logrado regresar al país y un número más reducido ha podido llevarse a sus hijos e hijas a los países de destino. Este sistema de cuidados existente en el país y en muchos países de América Latina es lo que denominan muchas instituciones (CEPAL, 2010; ONU MUJERES, 2012) como régimen de cuidado injusto. Con este nombre quieren señalar que este régimen de cuidado que se produce tanto en el país de origen como en el de destino es netamente femenino, se carga exclusivamente en las mujeres. La sociedad en general y los Estados en particular parten de la concepción de que los cuidados deben ser provistos dentro del marco del hogar y, dentro de él, por las mujeres, lo que trae como consecuencia la inexistencia de 171