se atacaba la libertad personal, eso sería un absurdo, una arbitrariedad, «porque trasladar á todos los asiáticos a lugares distantes de la población, según se dice se intenta hacer; sería una flagrante infracción de las leyes», porque como consecuencia de ello vendría la irreparable ruina de muchos colonos [sic] que diariamente se encuentran en los quehaceres del comercio, donde han colocado fuertes sumas de dinero: sea en talleres, hoteles y casas de contrato; y del mismo modo han invertido en sus casa habitaciones, y otras que tomaron en alquiler se hallaban en estado ruinoso, y ahora se encontraban refaccionadas en algunos casos y en otros habían aumentado sus habitaciones. Si se lleva a cabo semejante medida de traslación ¿quién sería el responsable de las pérdidas que sobrevinieran? ¿dónde se encuentran, entonces, las libertades de industria y personales, garantizadas por las leyes y por la carta fundamental de esta república, válidas sin excepción de nacionalidad? Treinta años hace que los asiáticos pisamos el precioso suelo de esta hospitalaria República del Perú, y en tantos años, no hubo autoridad ni gobierno que intentara agredir nuestros derechos. Que se persiga el vicio, el ocio, el escándalo, y todo aquello que no sea conforme con la moral, las buenas costumbres y con todo lo que la ley prohíba, en hora buena, somos los primeros en ayudar a las autoridades a lograr tan loable fin; pero, no es justo, no es humano ni es legal, que se atropelle los derechos de tanto infeliz asiático, con las disculpas de perseguir al vicio y a las malas costumbres. Todo esto le piden al Supremo Gobierno: Los jefes de Casas de Beneficencia Asiática.
Después de escritas las anteriores líneas hay una post data que muestra como los «jefes» se sienten que son la otra parte dialogante con las autoridades que gobiernan del más alto nivel. Dicen: Hemos leído en los periódicos la circular que el señor Director de Gobierno, a nombre del señor Ministro del ramo, pasa a los prefectos de los Departamentos sobre los asiáticos contratados que rompen de hecho sus compromisos, y huyen de los fundos. En dicha circular previene el señor Ministro, que cualquiera sea el resultado de la indagatoria que se indica, es motivo para que se prive al asiático de su libertad. Este encargo o declaratoria de parte del Supremo Gobierno no es muy satisfactorio con referencia al propósito que abrigamos respecto al presente artículo arriba formulado, porque vemos que nuestro ánimo en él no es otro que la libertad de nuestros derechos, como así mismo las persecución al vicio y malas costumbres. Los mismos
11. Opio en país vecino del sur Un juicio que en ese comunicado no indican o no resaltan es en cuanto a la intensidad del consumo. Los que suscriben aceptaban su existencia, proponen una solución aparentemente viable pero no cuantifican el número de usuarios habituales ni las proporciones ni porcentajes de consumidores/noconsumidores. Si bien no tenemos información de este tipo para el Perú aunque si hay estadísticas del aumento de la importación desde Inglaterra, en una revista médica chilena, dos galenos, Juan Maass y Ramsés Aguirre, escriben un artículo donde aseguran que en la intendencia de Tarapacá —que antes
la inevitable aparición y el consumo de opio
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