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as siguientes notas aparecen dentro de un contenido muy sumario por razones obvias. Versan sobre la trayectoria histórica del catolicismo tradicional, el catolicismo liberal y el democratismo cristiano en el Perú. La Iglesia española en el siglo XVIII se halló ante el enfrentamiento del Estado borbónico, convertido en defensor de sus derechos contra ella, es decir de las regalías, materia de interminables polémicas a través de muchos siglos; y vio como en ese país tan católico llegó a efectuarse drásticamente la expulsión de los jesuitas. Los llamados escritores “ilustrados” como Jovellanos no ocultaron sus prejuicios anticlericales. No tanto corno fruto de esa prédica sino como influencia de la Revolución Francesa vinieron, a principios del siglo XIX, en la llamada época josefina, o de José Bonaparte, decretos u órdenes sobre reducción de los conventos, secularización de los frailes y otros. La mentalidad de la élite del clero hispanoamericano ganado a la causa de la Independencia se impregnó con ideas originadas, directa o indirectamente, en el galicanismo y en el jansenismo, a través de la influencia ejercida desde la cátedra, aun en el mismo Seminario de Santo Toribio, por el texto de Honorato Tournely. El padre Jerónimo Diego Cisneros fue, en las postrimerías del siglo XVIII limeño, censor y visitador de librerías; pero Riva-Agüero y Osma lo califica como “insigne volteriano” y agrega que, precisamente, él, introducía y distribuía en gran escala libros prohibidos. Así es como afirma que dicho nombramiento fue resultado de “una idea irrisoria o traidora” (1). Dentro de ese ambiente se formó la mentalidad de Vigil como la de otros personajes de la etapa republicana inicial. Muchos diputados sacerdotes entre ellos Luna Pizarro, Rodríguez de Mendoza, Arce y Andueza, suscribieron en el Primer Congreso Constituyente la propuesta para que en el Perú hubiese tolerancia de cultos. Toribio Rodríguez de Mendoza, el antiguo rector del Convictorio Carolino, suscribió el Acta que aprobara las “Bases de la Constitución” el I7 de diciembre de I822: “Convengo en todo y solo no admito la intolerancia religiosa”. Sin embargo, no debe ser exagerado el análisis del criterio que sustentaba este grupo. Como anota Fernando Romero en un excelente estudio, de acuerdo con el ideario de don Toribio, el Estado debía vivir de acuerdo con las doctrinas de la Iglesia católica que imponen un fin a la existencia terrenal; el ciudadano se hallaba bajo la ineludible exigencia de colocarse dentro del amparo de ella; y el clero estaba llamado a participar en el cuerpo legislativo. A petición del mismo Rodríguez de Mendoza un artículo constitucional declaro que se consideraba indigno de ser peruano a quien no fuese religioso (2). Aquel grupo clerical de liberales gravitó sobre la orientación de diversos Gobiernos sucesivos en lo que atañe a las regalías. Son numerosos los civiles que, dentro de matices diversos, optaron por las mismas polémicas ideas u otras similares todavía más audaces; entre ellos estuvieron Francisco Javier (1)José de la Riva Agüero y Osma, “Sociedad y literatura limeñas en el siglo XVIII”. En Obras completas. Lima: Pontificia Universidad Católica, ed., 1962, Vol. II, pp. 331-333. (2) Fernando Romero, Rodríguez de Mendoza, hombre de lucha. Lima: Edit. Arica, Colección Perú Historia, 1973, pp. 375-382. Es desalentadora la constatación de que este libro tan notable no haya tenido la acogida que merece.
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APÉNDICE GENERAL
[ APÉNDICE AL CAPÍTULO 2 ]