Fiscalidad y gastos de gobierno en el Perú borbónico Ramiro Alberto Flores Guzmán
De la buena administración de la Real Hacienda depende la integridad de la justicia y conservación del Reyno, y de su mala versación o del descuido en la recaudación de los Reales derechos resultan gravísimos inconvenientes. (Memoria de Gobierno. Virrey José Antonio Manso de Velasco, conde de Superunda).1
Durante el siglo XVIII, la Corona española emprendió una profunda reforma fiscal y hacendística en sus colonias ultramarinas, con la finalidad de incrementar la recaudación y las remesas de numerario a España. El plan, concebido por un selecto grupo de funcionarios ilustrados, incluía algunas innovaciones significativas, tales como la administración directa de los impuestos más importantes, el aumento y profesionalización de la burocracia hacendística, la simplificación de las tasas y los trámites para facilitar la cobranza, la introducción de nuevas contribuciones y una mejora sustancial en la teneduría de libros de contabilidad. El objetivo era racionalizar la maquinaria impositiva, según criterios de honestidad y eficiencia, para superar el desorden imperante en las finanzas coloniales, producto de un manejo empírico de las cuentas y de la extendida corrupción administrativa, herencia de la época de los Austrias. El evidente afán modernizador de los Borbones no transformó, sin embargo, la naturaleza misma del sistema fiscal, cuya base estaba sólidamente asentada sobre los principios rectores del Antiguo Régimen: desigualdad, privilegio y patrimonialismo.2 En efecto, la reforma nunca cuestionó la existencia de 1.
Citado en Lorente 1859, IV: 211.
2.
Brown 2008: 77.