Parte II. Valoración de la ley de víctimas y restitución de tierras (respuesta al Auto 411 de 2019 de la Corte Constitucional)
respecto a las prácticas inconstitucionales, el informe de 2019 no contiene información que permita una valoración de su evolución. Es de colegir que el nuevo informe anual no corrige los problemas señalados por la CSMLV en el Sexto Informe de Seguimiento, que destaca la existencia de «falencias en la información de solicitudes de acompañamiento», que «no permite identificar el porcentaje de solicitudes no atendidas, ni la capacidad del Gobierno Nacional para atender las demandas de atención de la población en proceso de retorno o reubicación» (p. 104).
Las Preguntas del Auto 411 de 2019 En el Auto 411 de 2019, con base en el diagnóstico que el PND hace sobre los procesos de retornos y reubicaciones, se hacen unas preguntas específicas sobre la forma en que la política del PND busca responder a los principales obstáculos identificados en el mismo: definición imprecisa de la población objetivo, poco liderazgo territorial, baja capacidad institucional y limitada pertinencia de la oferta institucional. Las preguntas específicas buscan establecer cómo las acciones definidas en el PND contribuyen a superar las fallas de la política, a aclarar las definiciones realizadas en el propio PND sobre la intención de las víctimas en materia de retorno, las implicaciones que tiene el postulado del PND de atender a la población desplazada en el marco de la política de promoción social y sobre las condiciones de habitabilidad de los desplazados en los entornos urbanos. ¿De qué manera las acciones definidas en el PND contribuyen en la superación de las prácticas inconstitucionales y el bloqueo institucional identificados en el Auto 373 de 2016? La respuesta del Gobierno Nacional es de carácter general. Reitera el diagnóstico del PND 2018-2022 y señala que para que «la política de retornos y reubicaciones transite de la mirada asistencial y poblacional a la contribución al desarrollo productivo del territorio», se han de priorizar dos estrategias: definición del universo objeto de la política, para lo cual realizará la actualización del Protocolo de Retornos y Reubicaciones, y la orientación a las entidades nacionales y territoriales, para que vinculen a la población retornada o reubicada a la oferta. Se espera que dicho Protocolo entre en vigencia en 2020. La segunda estrategia es el fortalecimiento de las
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