Sub-sistema de derechos civiles y políticos
5. El indicador no permite conocer si las medidas adoptadas e implementadas tuvieron realmente efecto en la mitigación del riesgo de la población. Una reducción o incremento en el indicador no necesariamente señala un avance o una desmejora en el GED, sino posiblemente da cuenta solamente de cambios en la eficiencia de la entidad en implementar las medidas aprobadas (si eso es lo que quiere medir el numerador).
Indicadores alternativos La CSPPDF comparte con el Gobierno Nacional la necesidad de definir unos indicadores de protección que den cuenta del contenido del derecho. El objetivo del derecho de protección, de acuerdo con el Auto 331 de 2019, es: «Proteger los derechos a la vida, seguridad, integridad y libertad de las personas, grupos o comunidades desplazadas o en riesgo de desplazamiento ante riesgos extraordinarios o extremos». Entonces, los indicadores deben dar cuenta de esa situación, sin perjuicio de contar con indicadores de gestión de la entidad encargada de otorgar e implementar las medidas de protección. Los indicadores que se proponen son indicadores de resultado: permiten saber si la vida, integridad y libertad de las personas desplazadas fue protegida. Así mismo, con los indicadores se puede valorar la demanda efectiva por protección, al tiempo que permiten conocer la efectividad del análisis de riesgo y de las medidas otorgadas por parte de la UNP. Con ello, contribuyen a la medición de los objetivos de la política. Para una mayor claridad, el indicador podría desagregarse, así: 1. Número de personas desplazadas que solicitaron medidas de protección, fueron valoradas con riesgos extraordinario, extremo o inminente, contaron con medidas de protección implementadas, y no preservan su vida, libertad e integridad durante la vigencia / Número de personas desplazadas que solicitaron medidas de protección, y fueron valoradas con riesgos extraordinario, extremo o inminente. 2. Número de personas desplazadas que solicitaron medidas de protección, fueron valoradas con riesgo extraordinario, extremo e inminente, no contaron con medidas de protección implementadas, y no preservan su vida, libertad e integridad durante la vigencia / Número de personas desplazadas que solicitaron medidas de protección, y fueron valoradas con riesgos extraordinario, extremo o inminente.
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